Funciones de ley
De acuerdo a los Artículo 76 Bis. de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 67 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa; y 56 del Reglamento del Consejo Estatal de Seguridad Pública (CESP), las funciones de la Coordinación General son:
- Actuar como Observatorio Ciudadano.
- Dar seguimiento a los indicadores de incidencia delictiva y de eficiencia de las instituciones, e informar de su evaluación a los responsables y al presidente del CESP.
- Previa convocatoria, seleccionar a cinco personas para ser propuestas al Gobernador del Estado para ocupar el cargo de Fiscal General del Estado.
- Seleccionar una terna de ciudadanos y presentarla al presidente del CESP para que uno de ellos ocupe el cargo de Secretario Ejecutivo del Sistema.
- Proponer al Secretariado Ejecutivo las políticas, lineamientos y acciones para eficientar el desempeño de las instituciones de seguridad pública y darles seguimiento.
- Presentar proyectos al CESP y Secretario Ejecutivo, que contribuyan a superar permanentemente el nivel técnico y profesional del personal administrativo y operativo de las instituciones de seguridad pública.
- Formular en coordinación con el Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, con Participación Ciudadana, por acuerdo del CESP, sugerencias, campañas y programas tendientes a disuadir las actividades delictivas y las conductas antisociales, a las autoridades competentes para que las instituciones de seguridad pública del estado y de los municipios desarrollen de manera eficaz sus funciones, así como darles el debido seguimiento.